Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000032, dispuso “ampliar el plazo para la presentación de varios anexos.”
Los anexos cuya ampliación de presentación se dispuso, deberán considerar el calendario establecido para cada caso, tomando en cuenta el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) del sujeto pasivo, y son los siguientes:
.- El Anexo de Dividendos (Anexo ADI) correspondiente al ejercicio fiscal 2019, se deberá presentar en el mes de junio de 2020
.- El Anexo de Cuentas Financieras de No Residentes (Anexo CRS) se deberá presentar en el mes de julio de 2020
.- El Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas y el Informe Integral de Precios de Transferencia correspondiente al ejercicio fiscal 2019, se deberá presentar en el mes de octubre de 2020
.- El Informe de Cumplimiento Tributario-ICT correspondiente al ejercicio fiscal 2019, se deberá presentar en el mes de noviembre de 2020
.- Por única vez, la declaración patrimonial correspondiente al año 2020 se deberá presentar en el mes de junio de 2020
.- Por única vez, el Anexo Movimiento Internacional de Divisas (MID) cuya presentación debía realizarse en los meses de marzo y abril de 2020 y cuyo plazo para tal efecto fue reformado por el artículo 1 de la Resolución No. SRI-SRI-2020-0002-R de 20 de marzo de 2020, deberá realizarse hasta el 28 de mayo de 2020
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